Sucesión Intestada

Es el trámite que deben realizar los deudos ante un notario
público o juez de paz letrado en la ciudad o jurisdicción del último domicilio
del fallecido, a fin de recibir legalmente cualquier herencia.

¿Cómo tramitar una sucesión intestada o declaratoria de herederos?

Quienes consideren tener derecho
a la herencia de bienes o patrimonio de una persona que falleció sin dejar un
testamento, como el cónyuge, conviviente, hijos o padres, pueden acudir a una
notaría autorizada o a un juzgado e iniciar un trámite de declaratoria de
herederos. A continuación, los pasos y requisitos para tramitar la sucesión
intestada ante la notaría o Poder Judicial, así como ante la Sunarp.

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Requisitos

A la solicitud se acompañarán, principalmente, los siguientes documentos:

  • Solicitud de sucesión intestada,
    la cual debe llevar la firma de todos quienes desean ser considerados herederos
    y estar autorizada por un abogado.

  • Partida de defunción del titular
    o propietario de los bienes.

  • Documentos para acreditar
    vínculo: partida de matrimonio o certificado de unión de hecho y las partidas
    de nacimiento de los hijos.

  • Certificado negativo de sucesión
    intestada expedida por la Sunarp. (Acredita que no hay ninguna inscripción o
    trámite en curso sobre una sucesión).

  • Certificado negativo de
    testamento emitido por Sunarp. (Acredita que no hay ninguna inscripción o
    trámite en curso de un testamento).

  • Los solicitantes deben presentar
    DNI y pasar el control biométrico.

El pago del Servicio puede efectuarse en la cuenta que se indica:

CUENTA CORRIENTE EN SOLES DEL BANCO INTERBANK A NOMBRE DE LA ORGANIZACIÒN PERUANA DE ASESORES Y CONSULTORES EMPRESARIALES: Nº 0873001976448.

Còdigo Interbancario: 003-087-003001976448-46.

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