Sucesión Intestada
Es el trámite que deben realizar los deudos ante un notario
público o juez de paz letrado en la ciudad o jurisdicción del último domicilio
del fallecido, a fin de recibir legalmente cualquier herencia.

¿Cómo tramitar una sucesión intestada o declaratoria de herederos?
Quienes consideren tener derecho
a la herencia de bienes o patrimonio de una persona que falleció sin dejar un
testamento, como el cónyuge, conviviente, hijos o padres, pueden acudir a una
notaría autorizada o a un juzgado e iniciar un trámite de declaratoria de
herederos. A continuación, los pasos y requisitos para tramitar la sucesión
intestada ante la notaría o Poder Judicial, así como ante la Sunarp.
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Requisitos
A la solicitud se acompañarán, principalmente, los siguientes documentos:
-
Solicitud de sucesión intestada,
la cual debe llevar la firma de todos quienes desean ser considerados herederos
y estar autorizada por un abogado. -
Partida de defunción del titular
o propietario de los bienes. -
Documentos para acreditar
vínculo: partida de matrimonio o certificado de unión de hecho y las partidas
de nacimiento de los hijos. -
Certificado negativo de sucesión
intestada expedida por la Sunarp. (Acredita que no hay ninguna inscripción o
trámite en curso sobre una sucesión). -
Certificado negativo de
testamento emitido por Sunarp. (Acredita que no hay ninguna inscripción o
trámite en curso de un testamento). -
Los solicitantes deben presentar
DNI y pasar el control biométrico.
El pago del Servicio puede efectuarse en la cuenta que se indica:
CUENTA CORRIENTE EN SOLES DEL BANCO INTERBANK A NOMBRE DE LA ORGANIZACIÒN PERUANA DE ASESORES Y CONSULTORES EMPRESARIALES: Nº 0873001976448.
Còdigo Interbancario: 003-087-003001976448-46.
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